DOCUMENTACION REQUERIDA:
Folder No.1
1.-Realizarse un examen médico autorizado por
esta DGM.
El examen médico es autorizado en el
Departamento de Extranjería de la Dirección General de Migración donde debe
presentar los siguientes documentos:
Para realizar la autorización de este examen
médico el extranjero debe traer:
a)
Presentar carnet de Residencia Permanente
original
b)
(2) Fotocopias de la cara del Pasaporte donde están los datos
personales
c)
(2) Fotocopias del carnet de Residencia Permanente
d) (2)
Fotocopia de la Cédula de Identidad Personal
e) La ausencia
de cualquiera de estos documentos deberá ser avalada por una Denuncia de la
Policía Nacional, con las especificaciones de lugar.
Autorizado el examen médico el extranjero
deberá ir al laboratorio indicado y autorizado por esta Dirección General de
Migración a realizarse los exámenes médicos.
Inmediatamente realizado el examen médico debe
depositar un expediente que debe contener los siguientes documentos:
Folder No.2
Formulario de solicitud de cambio de categoría
de temporal a Permanente;
Certificación de no antecedentes penales,
emitida por la Procuraduría General de la República con treinta (30) días
de vigencia.
Presentar el carné de Residencia temporal.
Copia de la Cédula de Identidad, y presentar
el original, la cual será verificada por la D.G.M. con la Junta Central
Electoral.
Seis (6) fotografías recientes tamaño 2 x 2 de
frente y Seis (6) de perfil derecho, sin joyas o accesorios y las orejas descubiertas;
fondo blanco, las fotografías deben ser el mismo juego de frente y de perfil
derecho.
Pasaporte con dieciocho (18) meses mínimos de
vigencia; la D.G.M. es flexible con el tema y considerara en cada caso la
realidad de cada país y el rigor de sus normas en la expedición de los
pasaportes.
Si solicita
Residencia Permanente para cónyuge o conviviente, pasaporte, acta de
nacimiento, acta de matrimonio o prueba de convivencia, según aplique,
debidamente apostillada o legalizada, según corresponda;
Si solicita
Residencia Permanente para hijos menores de edad, pasaportes, actas de
nacimiento correspondientes, debidamente apostilladas o legalizadas, según
corresponda
Prueba de
solvencia económica(Carta de Banco donde indique que tiene un balance en los
últimos seis meses de más de CIEN MIL PESOS (RD$100,000.00) , Matricula de
Vehículos de fabricación del año 2007 en adelante, esta matricula no puede
tener oposición ni ser exonerada, , Título de propiedad que este solamente a
nombre del garante, debe traer el original para verificar validez del mismo,
certificación mercantil de Negocio, Carta de trabajo donde especifique tiempo
laborando y sueldo); en el caso de ser jubilado o pensionado o de ser rentista,
constancia de la pensión o renta o de depósitos bancarios de que dispone para
su manutención en la República Dominicana;
*En el caso de que un
extranjero mayor de edad, soltero, económicamente dependiente por razones
de estudios o discapacidad de sus padres, pueden ser avalados
económicamente por éstos, quienes deberán hacer una carta de garantía
especificando que es hijo mayor de edad aun dependiente económico, por
eso su decisión de ser su garante. (Debe depositar declaración de
solvencia económica y prueba de garantía).
El solicitante será citado para que comparezca
a la D.G.M. a una entrevista ante un Oficial de Migración.
11.-Recibo del
médico realizado en el departamento de extranjería de esta Dirección General de
Migración.
Todos los
documentos depositados en la D.G.M. se presentan en idioma español, acompañados
de cuatro (4) juegos de copias en un folder de preferencia 8 ½ x 11, a
los fines de archivo y depuración por parte de la D.N.C.D., D.N.I., INTERPOL y
Policía Nacional. El original reposará en la D.G.M.
ESTE SERVICIO DEBE DE
SER SOLICITADO EXCLUSIVAMENTE POR EL EXTRANJERO INTERESADO O POR REPRESENTACIÓN
MEDIANTE PODER DEBIDAMENTE LEGALIZADO, (ARTÍCULO 125 DEL REGLAMENTO 631-11 PARA
LA APLICACIÓN DE LA LEY 285-04 SOBRE MIGRACIÓN).
ORIGINAL
Y DOS (2) COPIAS de la Declaración Jurada
sobre la solvencia del Garante, declarada y firmada por el garante, más dos
testigos y del garante legible, y legalizada por la Procuraduría General de la
REpública.
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