martes, 29 de diciembre de 2015

Listado de Embajadas y Consulados acreditados en Republica Dominicana

Listado de Embajadas y Consulados que se encuentra acreditado en la República Dominicana.
1.      Consulado de Antigua y Barbuda: ubicado en la Calle Juan Alejandro Ibarra No. 124, Ensanche  La Fe; Tel.: 809-541-4781.

2.      Embajada de Alemania: ubicada en la Calle Gustavo Mejía Ricart No. 196, Esquina Abraham Lincoln, torre Piantini, piso 16, ensanche Piantini; Tel.: 809-542-8950. Días laborables de lunes a viernes de 11:00am a 1:00pm.

3.      Embajada y Consulado de Argentina: ubicada en la Avenida Máximo Gómez No. 10, Sector de Gazcue, con los Tels. 809-682-0976 y 809-682-2977. Días laborables de Lunes a Viernes de 10:00am a 1:00pm.

miércoles, 23 de diciembre de 2015

División de Certificaciones Dirección de Migración funcionan en el edificio Malecón Center

 Con el objetivo de dar mayores facilidades de rapidez y comodidad a los usuarios de sus servicios, la Dirección General de Migración (DGM) trasladó e inauguró este jueves, 10 de septiembre, su División de Certificaciones hacia el edificio  Malecón Center, en la avenida George Washington.

A partir de la fecha, la División de Certificaciones de la DGM, dependencia dirigida por el licenciado Henry Amarante Peralta, estará ubicada en el local 107-B,  en el primer nivel de la referida plaza comercial en la capital.

Si le rechazaron la visa, usted puede volver a solicitar

Decisión sobre casos de visa (Pregunta al Consul)

Lamentablemente, una solicitud de visa luego que ha sido rechazada no puede ser revisada o apelada cuando se ha tomado una decisión. La mayoría de los casos son rechazados bajo la Sección 214(b) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad de los Estados Unidos.  Esto significa que, según la ley de los Estados Unidos, usted no ha podido demostrar que las actividades que desea realizar son consistentes con el tipo de visado que solicitó.

Visado para periodistas en Estados Unidos

Soy Periodista y Voy a Cubrir Un Evento En Los Estados Unidos. Qué Tipo De Visado Debo Solicitar?

26 de noviembre, 2012

Las personas que forman parte de los medios de comunicación que viajan a los Estados Unidos para realizar actividades relacionadas con su ocupación deben solicitar una visa tipo I.

Para ser elegible, debe ser miembro legítimo de un medio de comunicación extranjero, ya sea de la radio, prensa escrita y las industrias del cine o impresión. La empresa dedicada a la prensa y que le patrocina debe tener un domicilio en un país extranjero. Es requerido presentar pruebas de su empleo durante su entrevista, como carta de empleo detallando el propósito del viaje, la duración de la estadía en los Estados Unidos y quien cubrirá los gastos de viaje.

martes, 22 de diciembre de 2015

Dirección de Migración compartirá información la Seguridad Social

SANTO DOMINGO, D.N.-La Dirección General de Migración (DGM) y la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) firmaron un convenio de colaboración para compartir información a fin de garantizar el derecho a la seguridad social de todos los extranjeros que residan legalmente en la República Dominicana.

domingo, 20 de diciembre de 2015

REQUISITOS PARA LA RENOVACIÓN DE LA RESIDENCIA TEMPORAL

REQUISITOS PARA LA RENOVACIÓN DE LA RESIDENCIA TEMPORAL


1. Carta  de  solicitud de  la Renovación de la Residencia Temporal, dirigida a la D.G.M.

 2.  Formulario de  Renovación de Residencia Temporal que obtendrá en la DGM. debidamente llenado en letra de molde, la firma y huellas dactilares serán tomadas  ante un oficial de extranjería.

Francia y República Dominicana 
refuerzan relaciones bilaterales

París, Francia.- Francia y la República

Dominicana continúan estrechando los lazos de amistad que unen a esos dos países, esta vez con el anuncio de la III Reunión del Mecanismo de Consultas Bilaterales Franco-Dominicano. Dicho dispositivo permite a los ministros de ambos Estados definir una agenda común en lo referente al diálogo político, a la cooperación y a la inversión.

En ese sentido se expresaron el Ministro de Relaciones Exteriores dominicano, el Arq. Andrés Navarro, y el enviado personal del Presidente François Hollande para América Latina, el señor Jean-Pierre Bel, durante la reunión que sostuvieran el martes 1 de diciembre, en la sede de la Embajada de la República Dominicana en Francia, en presencia de la Embajadora de la República Dominicana en Francia, la señora Rosa Hernández de Grullón.

sábado, 19 de diciembre de 2015

El Perdon Migratorio se puede conseguir

EL PERDÓN MIGRATORIO

Una waiver, que se conoce también como perdón, es la no aplicación de una regla general. Puede tener formas muy distintas. Por ejemplo, que no se imponga un castigo migratorio, no se exija el cumplimiento de una norma. Incluso en algunos casos puede ser la renuncia a un derecho.

El perdón migratorio lo otorga el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (United States Citizenship and Immigration Services, USCIS) al individuo que ha cometido el delito de entrar o de permanecer indocumentado en su territorio. Esta dispensa permite a la persona ingresar legalmente a territorio norteamericano.

Se puede viajar sin hacer fraude

Por: ORFELINA CASTRO

A raíz de concluir exitosamente un Diplomado de Derecho Migratorio y Consular impartido por el reconocido jurista Nelson de León Santana hemos podido darnos cuenta de que sí se puede viajar sin hacer fraude.

Usar artimañas para alterar documentos, hacer montajes, hablar mentira y otras cosas más para lograr una visa y salir del país,  puede tener consecuencias funestas para toda la vida, pues además de los daños psicológicos que ocasiona, ello provoca que le sea  casi imposible obtener dicho documento.

Residencia Dominicana Permanente para extrajenros

Artículo 50 del Reglamento 631-11 para la aplicación de la ley 285-04 sobre Migración.
Debe ser interpuesta cuarenta y cinco (45) días antes de haber cumplido cinco (5) años de su residencia temporal, renovada cada año.

DOCUMENTACION REQUERIDA:
Folder No.1
1.-Realizarse un examen médico autorizado por esta  DGM.
El examen médico es autorizado en el Departamento de Extranjería de la Dirección General de Migración donde debe presentar los siguientes documentos:
Para realizar la autorización de este examen médico el extranjero debe traer:
a)           Presentar  carnet de Residencia Permanente original
b)      (2)   Fotocopias de la cara del  Pasaporte donde están los datos personales
c)      (2)   Fotocopias del carnet de Residencia Permanente
d)     (2)   Fotocopia de la Cédula de Identidad Personal
e)      La ausencia de cualquiera de estos documentos deberá ser avalada por una Denuncia de la Policía Nacional, con las especificaciones de lugar.
Autorizado el examen médico el extranjero deberá ir al laboratorio indicado y autorizado por esta Dirección General de Migración a realizarse los exámenes médicos.
Inmediatamente realizado el examen médico debe depositar un expediente que  debe contener los siguientes documentos:

Folder No.2
Formulario de solicitud de cambio de categoría de temporal a Permanente;
Certificación de no antecedentes penales, emitida por la Procuraduría General de la República  con treinta (30) días de vigencia.
Presentar el carné de Residencia temporal.
Copia de la Cédula de Identidad, y presentar el original, la cual será verificada por la D.G.M. con la Junta Central Electoral.
Seis (6) fotografías recientes tamaño 2 x 2 de frente y Seis (6) de perfil derecho, sin joyas o accesorios y las orejas descubiertas; fondo blanco, las fotografías deben ser el mismo juego de frente y de perfil derecho.
Pasaporte con dieciocho (18) meses mínimos de vigencia; la D.G.M. es flexible con el tema y considerara en cada caso la realidad de cada país y el rigor de sus normas  en la expedición de los pasaportes.
 Si solicita Residencia Permanente para cónyuge o conviviente, pasaporte, acta de nacimiento, acta de matrimonio o prueba de convivencia, según aplique, debidamente apostillada o legalizada, según corresponda;
 Si solicita Residencia Permanente para hijos  menores de edad, pasaportes, actas de nacimiento correspondientes, debidamente apostilladas o legalizadas, según corresponda
 Prueba de solvencia económica(Carta de Banco donde indique que tiene un balance en los últimos seis meses de más de CIEN MIL PESOS (RD$100,000.00) , Matricula de Vehículos de fabricación del año 2007 en adelante, esta matricula no puede tener oposición ni ser exonerada, , Título de propiedad que este solamente a nombre del garante, debe traer el original para verificar validez del mismo, certificación mercantil de Negocio, Carta de trabajo donde especifique tiempo laborando y sueldo); en el caso de ser jubilado o pensionado o de ser rentista, constancia de la pensión o renta o de depósitos bancarios de que dispone para su manutención en la República Dominicana;
*En el caso de que un extranjero mayor de edad, soltero,  económicamente dependiente por razones de estudios o discapacidad  de sus padres, pueden  ser avalados económicamente por éstos,  quienes deberán hacer una carta de garantía especificando que es hijo mayor de edad  aun dependiente económico, por eso su decisión  de ser su garante. (Debe depositar declaración de solvencia económica y prueba de garantía).
El solicitante será citado para que comparezca a la D.G.M. a una entrevista ante un Oficial de Migración.
 11.-Recibo del médico realizado en el departamento de extranjería de esta Dirección General de Migración.
 Todos los documentos depositados en la D.G.M. se presentan en idioma español, acompañados de cuatro (4) juegos de copias en un folder de preferencia 8 ½ x 11,  a los fines de archivo y depuración por parte de la D.N.C.D., D.N.I., INTERPOL y Policía Nacional. El original reposará en la D.G.M.
ESTE SERVICIO DEBE DE SER SOLICITADO EXCLUSIVAMENTE POR EL EXTRANJERO INTERESADO O POR REPRESENTACIÓN MEDIANTE PODER DEBIDAMENTE LEGALIZADO, (ARTÍCULO 125 DEL REGLAMENTO 631-11 PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY 285-04 SOBRE MIGRACIÓN)

lunes, 14 de diciembre de 2015

Requisitos para solicitar visa para Panamà

Nuevos REQUISITOS PARA SOLICITUD DE VISAS
Le informamos que se han producido cambios en los requisitos: Antes se otorgaba la visa directamente, en el mismo día o al día siguiente. Ahora no es así.
De igual manera, el costo ha subido: (US$195.00), esto incluye la legalización de su cédula y pasaporte. Le damos la opcion de apostillarlo por el departamento de legalizaciones de la Cancillería dominicana, previo a esto debe ir a la Dirección de Pasaportes a sacar una certificacion del mismo y a la Junta Central Electoral a solicitar una certificacion de su cédula, cuyo costo en ambos lugares es de RD$1,500.00, luego llevarlos a la Cancilleria. Si opta por esta opción tendrá un costo de US$85.00.

Qué es una visa de novio(a) (visa K-1)?

Qué es una visa de novio(a) (visa K-1)?
Una visa de novio(a) (o visa K-1) es técnicamente una visa de no-inmigrante. Debido a que el proceso es similar al de una visa de residencia, la Unidad de Visas de Residencia de la Embajada de los Estados Unidos en Santo Domingo procesa las visas de novio(a). La visa de novio(a) es para extranjeros que desean casarse con un ciudadano de los Estados Unidos y convertirse en un residente legal permanente sin tener que dejar los Estados Unidos. La visa K-2 es para el hijo(a) de un solicitante de una visa K-1.
¿Cómo obtengo una visa de novio(a) (visa K-1)?

sábado, 12 de diciembre de 2015

77 extranjeros de 28 países se naturalizaron como dominicanos

El Ministerio de Interior y Policía (MIP
) juramentó este sábado como  a 77 extranjeros procedentes de 28 países que agotaron el proceso ordinario para naturalizarse como dominicanos. Se trató del último acto de juramentación del 20015, el cual fue realizado en la sede del MIP y estuvo encabezado por el viceministro Washington González Nina, quien representó al ministro de Interior y Policía, licenciado José Ramón Fadul y juramentó a los nuevos dominicanos.

 Washington González  dio la bienvenida a los juramentados y expresó su satisfacción por la decisión que tomaron de optar por la nacionalidad dominicana. También  destacó la decisión del Gobierno dominicano en la persona del presidente de la República Danilo Medina, de aplicar una política migratoria con reglas claras para otorgar un estatus regular a todos los extranjeros que residan en el país y reúnan los requisitos para ello.

miércoles, 2 de diciembre de 2015

Pasos a seguir para la visa americana

Cómo Solicitar una Visa

Paso 1
Determine su clase de visa consultando Visas de No Inmigrante Más Comunes. En cada apartado se explica los requisitos y elementos de cada tipo de visa. Seleccione el tipo de visa que más se ajusta al propósito principal de su viaje.
Asegúrese de revisar el Programa de Exención de Visas (Visa Waiver Program). Si su país participa en el Programa de Exención de Visas, usted no necesita solicitar una visa si viaja por negocios o placer y solo va a estar en los Estados Unidos por 90 días o menos.
Paso 2
Complete el Formulario DS-160. Asegúrese de leer cuidadosamente la guía sobre cómo llenar el Formulario DS-160. Toda la información debe ser correcta y precisa. Debe corresponder con los datos biográficos de su pasaporte. Una vez el formulario es cerrado, no se puede hacer ningún cambio. Puede completar uno nuevo. El Servicio de Información de Visas no puede ayudarlo a completar su Formulario DS-160. Usted necesitará su código de barras o número de confirmación DS-160 para programar su cita en el paso 4.
¡Atención! Si su solicitud de visa fue denegada anteriormente, favor completar un nuevo Formulario DS-160.
Paso 3
Ingrese a la página www.ustraveldocs.com para crear su perfil con sus datos biográficos y demás información relevante al tipo de visa que solicita. A medida que vaya avanzando en el proceso, usted podrá seleccionar el tipo de visa que solicita, ingresar sus datos personales, agregar dependientes y seleccionar la oficina donde prefiere recoger su pasaporte. Una vez complete su perfil, el sistema generará una página de confirmación donde se le indicará el monto que debe pagar. Si usted solicita junto con sus familiares, el sistema le dará la opción de agrupar todas las solicitudes para obtener el monto total a pagar. Por favor imprima esta página de confirmación y preséntela en el Banco Popular cuando vaya a realizar el pago.
Paso 4
Luego de completar su formulario DS-160 y crear su perfil en línea, debe proceder a pagar la cuota de solicitud de visa (MRV). El listado de la cuota de solicitud de visa, incluye el costo de cada categoría de visa así como el equivalente en moneda local. Los pagos solo pueden realizarse en moneda local (pesos dominicanos). Usted puede realizar el pago de la cuota en cualquier sucursal del Banco Popular. Para más información sobre sus opciones de pago, presione aquí. Para encontrar una sucursal del Banco Popular, presione aquí.
Paso 5

¿Cómo puedo prepararme para mi entrevista de visa?

¿Cómo puedo prepararme para mi entrevista de visa?

El primer paso es comprender cuáles son los requisitos que debe cumplir para el tipo de visa que solicita, cada categoría de visa está descrita detalladamente en nuestra página www.embajadausa.gov.do. Usted debe estar preparado para demostrar que cumple los requisitos correspondientes por sus propios medios.  Aún si otra persona está pagando su viaje a Estados Unidos, usted debe poder explicar sus intenciones al oficial consular, así como explicar honestamente cuál es su situación actual y presentar documentación que demuestre dicha situación en caso de ser necesario.

Visas para menores de edad

Visas para menores de edad

Todos los viajeros, incluidos los menores de edad, están obligados a tener una visa para ingresar a Estados Unidos. El proceso de solicitud para un menor de edad es el mismo que para los adultos - completar el formulario de solicitud DS-160, pagar la cuota de solicitud de visa y programar una cita. Los dos padres biológicos y/o tutores legales deben asistir a la entrevista, si es posible. La presencia del niño tanto en las citas en el VAC como en la Embajada va a depender de su edad. Ambos padres deben presentar sus pasaportes (o cédula dominicana si uno de los padres no tiene un pasaporte) y el acta de nacimiento legalizada del niño, en la entrevista.

Cómo Renunciar a su condición de Residente Legal Permanente (LPR) de los Estados Unidos

Cómo Renunciar a su condición de Residente Legal Permanente (LPR) de los Estados Unidos

La renuncia a la condición permanente de residente legal es irrevocable. Una persona que abandona esta condición de residente legal permanente, en caso de que se desee recuperarla, debe calificar nuevamente para esta. Por lo tanto,  se debe pensar cuidadosamente antes de dar ese paso.

Si usted desea abandonar su estatus de residente legal permanente y renunciar a su tarjeta de residente permanente (también conocida como “tarjeta verde o green card”), por favor complete el Formulario I-407 y luego preséntese a la ventanilla de USCIS en la Embajada de los Estados Unidos en Santo Domingo. Puede presentarse en la oficina de USCIS los martes o jueves desde las 08:00 a.m. hasta las 11:00 a.m. No se necesita cita previa para abandonar el estatus de residente permanente, sin embargo sí necesita programar una cita para solicitar una visa de no inmigrante. También puede visitar USCIS antes de completar el Formulario I-407 para discutir las consecuencias de abandonar su condición de residente legal permanente.

martes, 1 de diciembre de 2015

Abogados Migratorios orientan en programa de televisión Equilibrio

La Asociación de Abogados Migratorios Dominicanos advirtieron a la ciudadanía que intentar entrar a los Estados Unidos con documentos "fraudulentos" tienen consecuencias funestas, por lo que hicieron un llamado a que es posible lograr obtener la visa de manera correcta, cumpliendo con los requisitos que exige el Consulado americano.
William Alcántara y Dolores Vallejo al participar en el programa Equilibrio explicaron que los ciudadanos tienen la oportunidad de ingresar de manera legal con visa de paseo a los Estados Unidos, si se dejan asesorar adecuadamente y cumpliendo con los pre requisitos establecidos.
Exhortaron a los ciudadanos a buscar orientación a través de la Asociación de Abogados Migratorios que tiene su sede en la Calle General Cabral No.103, Edificio Honorinda frente a la farmacia Bernardo, 3er. Piso, Suite 303, donde esta la emisora La Kalle, para citas pueden llamar al whatsapp 809-697-9060

EEUU anuncia cambios en programa de exención de visas por atentados en París

El Gobierno de EE.UU. anun
ció ayer cambios en su programa de exención de visas (VWP, en inglés), que beneficia a ciudadanos de 38 países, a raíz de los recientes atentados perpetrados en París y la "amenaza constante" que representan los terroristas extranjeros.

En un comunicado, la Casa Blanca detalló los cambios que se van a introducir en el programa VWP, que permite a los ciudadanos de 38 países, en su mayoría europeos, viajar a EE.UU. sin necesidad de visado para visitas centradas en negocios o turismo por un periodo no superior a 90 días.

Ese programa permite ingresar sin visado a EE.UU. a unos 20 millones de personas cada año.

Según la Casa Blanca, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) tomará "inmediatamente" las medidas necesarias para modificar la solicitud de autorización de viaje conocida como ESTA, por sus siglas en inglés, que deben cumplimentar los ciudadanos exentos de visa antes de tomar un barco o un avión hacia EE.UU.

Con esa modificación, la solicitud ESTA incluirá información sobre cualquier viaje pasado del solicitante a "países que constituyen un refugio terrorista".

Además, en consultas con el Departamento de Estado y otras agencias federales, el DHS iniciará un proceso para identificar a los países incluidos en el programa VWP que son "deficientes" en cuanto a la cooperación con EE.UU. en el intercambio de información biométrica como huellas dactilares o fotografías.

Asimismo, el DHS ofrecerá asistencia a los países del programa VWP para facilitar "un mejor intercambio" de la información sobre terrorismo y pedirá al Congreso de EE.UU. autorización para aumentar el monto de las multas a las compañías aéreas que no verifiquen adecuadamente los datos del pasaporte de sus pasajeros.

La semana pasada, el presidente de EE.UU., Barack Obama, recibió a su homólogo francés, François Hollande, en la Casa Blanca y urgió a los países de la Unión Europea (UE) a poner en marcha cuanto antes un registro de datos de pasajeros (PNR, en inglés).

Otro de los cambios anunciados hoy por el Gobierno de EE.UU. busca asistir a los países del programa VWP "en la revisión de los refugiados o solicitantes de asilo", para que puedan llevar a cabo controles biométricos "en tiempo real", de acuerdo con la Casa Blanca.

Tras los atentados del 13 de noviembre en París, especialmente a raíz de las informaciones de que uno de los autores de esos ataques pudo llegar a Europa dentro de la ola de sirios que escapan de la guerra en su país, se abrió un debate en EE.UU. sobre la acogida de refugiados.

Obama ha dicho que su plan para recibir a 10.000 refugiados sirios durante el próximo año sigue en pie, pero una treintena de estados en el país, casi todos gobernados por republicanos, han advertido de que no ampararán a estas personas en sus territorios.

lunes, 30 de noviembre de 2015

Abogados migratorios advierte el peligros de hacer fraude para conseguir visa

La Asociación de Abogados Migratorios Dominicanos advirtieron a la ciudadanía que intentar entrar a los Estados Unidos con documentos "fraudulentos" tienen consecuencias funestas, por lo que hicieron un llamado a que es posible lograr obtener la visa de manera correcta, cumpliendo con los requisitos que exige el Consulado americano.
William Alcántara y Dolores Vallejo al participar en el programa Equilibrio explicaron que los ciudadanos tienen la oportunidad de ingresar de manera legal con visa de paseo a los Estados Unidos, si se dejan asesorar adecuadamente y cumpliendo con los pre requisitos establecidos.
Exhortaron a los ciudadanos a buscar orientación a través de la Asociación de Abogados Migratorios que tiene su sede en la Calle General Cabral No.103, Edificio Honorinda frente a la farmacia Bernardo, 3er. Piso, Suite 303, donde esta la emisora La Kalle, para citas pueden llamar al whatsapp 809-697-9060

Recomendaciones del Consulado de las cosas que no debemos hacer

El consulado americano hace varias recomendaciones de las cosas que no debemos hacer con relación a la solicitud de la visa de no inmigrante.
Qué NO Hacer:

No se deje engañar por los “buscones” que le avisan que compre un paquete de documentos falsos para que pueda obtener la visa.
No olvide realizar el examen médico tres semanas antes de su cita para la entrevista para visa de inmigrante.
No compre ningún ticket de viaje ni finalice ningún plan hasta que haya recibido su visa.
No sea evasivo cuando conteste sus preguntas; escuche atentamente y conteste correctamente la pregunta que se le hace.

El perdón migratorio

Estados Unidos eliminó el tiempo de castigo que debía esperar un indocumentado para poder solicitar esta dispensa.

Jaclin Campos
Santo Domingo
Hasta hace poco, a una persona que estuviera indocumentada en Estados Unidos, además de deportársele, se le negaba durante un tiempo determinado la posibilidad de ingresar legalmente a dicho país.

Ese tiempo equivalía a tres años para indocumentados con menos de un año en Estados Unidos, y a diez para quienes superaran ese lapso. Pasado el período de castigo, la persona solo podía regresar a Norteamérica si se le concedía un perdón o “waiver”.

domingo, 29 de noviembre de 2015

¿Puedo solicitar un perdón para inmigrar a los Estados Unidos luego de haber violado la Ley?

¿Puedo solicitar un perdón para inmigrar a los Estados Unidos luego de haber violado la Ley?

27 de junio, 2011

Determinar si usted puede o no  solicitar un perdón para inmigrar a los Estados Unidos luego de haber cometido una infracción a la ley depende del crimen o violación que usted cometió y su relación con la persona que lo pide.

Tenga presente que el ser elegible para solicitar un perdón no significa que usted es elegible para que su éste sea automáticamente aprobado.  La aprobación queda  a discreción del Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos.

VIDEO: Cuidao con ese Maco


Formulario DS-160

https://ceac.state.gov/GenNIV/Default.aspx

Consejos sobre la renovación de visa americana

Sobre la renovacion de la visa: Para aquellos solicitantes que desean renovar su visa en la misma categoría, esta deberá estar vigente o haber expirado en un lapso menor a 48 meses.  El solicitante nunca deberá de haber sido arrestado o condenado por un delito, deportado de los Estados Unidos, le haya sido negada la entrada a los Estados Unidos, o ha tenido otros problemas o dificultades con Aduanas y Patrulla Fronteriza de EE.UU.

Elegibilidad y requisitos para la renovación de visa: Cualquier persona que anteriormente haya tenido una Visa Americana válida o tiene una Visa Americana a punto de vencerse, tiene el derecho de solicitar una nueva visa de visitante para los Estados Unidos. El proceso de renovación de visa americana es muy similar al proceso de solicitud de una visa nueva. Sin embargo, la mayoría de las Embajadas y Consulados de los EE.UU. cuentan con procedimientos acelerados especiales que están a disposición de los solicitantes que anteriormente tuvieron una visa válida, una visa a punto de vencerse o en algunos casos una visa que haya vencido en los últimos 13 a 48 meses. Este proceso se le conoce como “Procedimientos de Renovación y Reemisión de Visas”.

Tratamiento médico con la visa B2:

Tratamiento médico con la visa B2:
Además del turismo, las visas B2 también son emitidas a las personas que viajan a los Estados Unidos para someterse a un tratamiento médico. El proceso de solicitud es similar al de una visa de turista, con la excepción de algunos documentos adicionales que se deberán presentar.

Requisitos para la Visa americana de negocios o turismo B1/B2

Elegibilidad y requisitos para la solicitud de la visa americana de negocios o turista B1/B2:
Los solicitantes de visa americana B1 y B2 deben demostrar su intención de entrar a E.U.A. por un período temporal, solamente con el propósito de atender viajes de negocios cortos y turismo. Los solicitantes deben demostrar también que cuentan con los fondos económicos necesarios para cubrir los gastos de su viaje durante su estadía en E.U.A.; así como también lazos sociales, económicos, y de cualquier tipo en su país de origen para garantizar que el solicitante regrese después de su visita legal y temporal.





Abogados de San Cristóbal realizan jornada contra el fraude para conseguir visa

SAN CRISTOBAL.-La Asociación de Abogados Migratorios San Cristóbal (ASAMISANCRIS) anunció la realización de jornadas de educación con miras a concientizar a la población a no recurrir al “fraude” para conseguir visa para salir de viaje del país.
El abogado y periodista William Alcántara, coordinador de la Asociación de Abogados Migratorios, explicó que no es necesario recurrir a métodos fraudulentos para salir del país.
Por lo que exhortó a los ciudadanos a buscar profesionales del derecho que le pueden orientar la forma correcta y legal que pueden hacer para obtener una visa de paseo o residencia en otro país.
William Alcántara se lamentó que muchos ciudadanos recurren a los llamados “buscones” que le prometen visa, sin embargo los fraudes son detectados y las consecuencias son funestas.
Indicó que en el caso de lograr conseguir Visa para los Estados Unidos es un procedimiento sencillo y que los abogados migratorios pueden orientar y asesorar adecuadamente.
Anunció que están desarrollando un amplio programa de charlas, conferencias y talleres para orientar en las escuelas, en las entidades profesionales, iglesias, y otras instituciones para ofrecerle a la población las informaciones necesarias de cómo lograr reunir los requisitos necesarios para obtener la visa de paseo o turismo de una forma segura y legal.
Asimismo, están orientando a los extranjeros radicado en el país para que normalicen sus situación adquiriendo una Residencia Provisional o Permanente así como la naturalización.